Mié28Jun202319:28

 

El Gobierno ha aprobado por decreto la ampliación de permisos incluidos en la ley de familias del Ministerio de Ione Belarra que había decaído por el adelanto de la convocatoria electoral. (La ley fue aprobada el pasado 28 de marzo, pero se encontraba bloqueda para su tramitacion)

En la última prórroga del Real Decreto-ley de medidas anticrisis que aprueba este martes 27/06/2023 en el Gobierno el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha incluido las siguientes medidas para la conciliación de la vida de las familias:

1- Un permiso de cuidado de 5 días al año, retribuidos, que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo, tanto de un familiar de hasta 2º grado como de un conviviente, algo nuevo hasta ahora.

2- Un segundo permiso “por causa de fuerza mayor”, que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta 4 días al año. Se trata de un permiso novedoso que también estará retribuido y busca permitir a padres y madres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes.

3- Por último, un tercer permiso parental de 8 semanas, (en este caso no retribuido), que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años.

CÓMO SOLICITAR LOS PERMISOS Y SU ENTRADA EN VIGOR

Las nuevas medidas acordadas por el Gobierno entrarán en vigor de manera inmediata tras su publicación este miércoles 28 de junio en el BOE. A continuación las diferentes vías para solicitar los diferentes permisos de maternidad y cuidados de un familiar:

 

  • -Por vía telemática: a través de la sede electrónica de la Seguridad Social (requiere de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve) o a través de la plataforma para trámites sin certificado digital del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS, sin certificado digital).
  • -Por correo ordinario: descargando y rellenando el formulario de solicitud y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.
  • -Presencialmente. En los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Nota de prensa Explicativa

Video explicativo de los nuevos permisos