Desde ACTUB hacemos llegar un documento de reclamación de cantidad, al personal de conducción que haya podido estar afectado por falta de pago, por parte de la empresa, del plus de desplazamiento (conocido desde hace muchos años como “destacamiento”). La pésima redacción del artículo 35 del convenio 1998-2001 propició que la empresa desplazase personal de conducción de su centro de trabajo durante mucho tiempo al año, teniendo únicamente que abonar el plus los primeros 5 días. Así reza la redacción del mencionado artículo en este aspecto: “Cuando el desplazamiento se produzca, se continuará manteniendo el “plus por desplazamiento” en las condiciones reguladas actualmente, pero subsistirá su abono independientemente del periodo de tiempo que dure el desplazamiento, en los primeros 5 días”. Este error se subsanó y con la nueva interpretación ya se abona todos los días que exista desplazamiento de un centro de trabajo a otro, más allá de los 5 días.
En referencia a la nueva reclamación hay que explicar que se trata de una interpretación que entendemos que ha de incluir el significado de lo que en el artículo 35 se refiere a “depósito” o “centro de trabajo”. En particular, a raíz de las obras de la ampliación de la cochera de Zona Franca y del cierre de la cochera de Poniente, la empresa habilitó una serie de campas (algunas ya las tenía, como la “40” o “campa Llobregat”) para el uso habitual como cocheras. Dichas “campas” se dotaron de lo que otros centros de trabajo ya disponían, como podía ser una oficina con personal de atención al personal de conducción, justificado por la considerable distancia existente respecto de la cochera de Zona Franca. Tanto es así, que entre el personal de conducción todas estas “campas” las conocemos coloquialmente como cocheras y entendemos que se trata de centros de trabajo diferenciados del de Zona Franca.
Existen otros motivos por los que se refuerza la interpretación de la existencia actual de estos centros de trabajo, aunque la empresa no lo quiera reconocer; el hecho que se realicen visitas conjuntas del Comité de Seguridad y Salud, se realicen simulacros de emergencia separados, así como otras particularidades propias de otros centros de trabajo, fundamentan la reclamación que entendemos que se ha de realizar para que se abone el plus de desplazamiento siempre que, habiendo escogido como cochera de referencia la de Zona Franca, nos asignen servicios que comiencen y/o terminen en otra cochera, como puede ser la 114, la Z (Zona Franca Port) o la 40 (Llobregat). La afectación puede llegar a personal de conducción que, por equilibrados, actualmente se encuentre en el CON de Triángulo o de Horta, pero que con anterioridad (hasta un año) hayan estado en las situaciones descritas anteriormente.
Desde ACTUB no vamos a poner en duda esta reclamación por cuestiones sindicales, como se hizo en su día con nuestra reclamación del Complemento Puesto de Trabajo, por parte de otros sindicatos. El NO ya nos lo dará la empresa, pero no seremos nosotros los que rememos hacia el lado contrario a los intereses de la plantilla.
En estos Links tienes toda la informacion necesaria para solicitar el desplazamiento:
Como solicitar el desplazamiento
Hoja para solicitar el desplazamiento


