Reunión Comité de empresa 9 abril 2021
En la última reunión del Comité de empresa se aprobó la hoja de ruta presentada por parte de la Dirección, en relación a la subrogación de los trabajadores de las líneas 80. Y así como estipula el propio artículo 44.6 del Estatuto de los trabajadores:
El cedente y el cesionario deberán informar a los representantes legales de sus trabajadores respectivos afectados por el cambio de titularidad, de los siguientes extremos:
a) Fecha prevista de la transmisión: La fecha prevista para la transmisión no está precisada en estos momentos. Se está barajando como fecha de referencia, la última semana de mayo de 2021.
b) Motivos de la transmisión: Transports de Barcelona S.A. aprovecha la finalización de la última prórroga de la subcontratación anterior para integrar en la red de la empresa, gestionar las cuatro líneas de Nou Barris, reestructurar y redefinir sus recorridos adaptándolos a la oferta en la zona, mejorando también la información del usuario y la resolución de incidencias.
c) Consecuencias jurídicas, económicas y sociales, para los trabajadores, de la transmisión: Acordados los términos de su incorporación, se propone que los trabajadores procedentes de Nou Barris S.L. pasen a formar parte de la plantilla de Transports de Barcelona S.A. y se incorporen en las mismas condiciones económicas y laborales en que se encuentra el resto de plantilla. Se propone les sea de aplicación el convenio colectivo vigente en T.B., S.A. y mantengan por tanto todos los derechos económicos de su antigüedad y los beneficios sociales previstos en el convenio de T.B.. Se asignará para cada uno de ellos, centro de trabajo. En el caso de los conductores/perceptores, todos ellos prestarán servicio en cualquiera de las líneas de su CON y serán asignados a un grupo de descanso de los tres existentes.
d) Medidas previstas respecto de los trabajadores: El proceso de integración está previsto se desarrolle aproximadamente con el siguiente timing:
-Entre el 9 y el 13 de abril se realizarán entrevistas personales con los trabajadores procedentes de Nou Barris, S.L..
- La semana del 19 d abril las R.Ts. de ambas empresas serán convocadas para recibir información relativa del proceso de subrogación y calendario definitivo de actuaciones. Se abrirá periodo de consultas y se confeccionará Acuerdo de Subrogación.
- La semana del 3 de mayo se comunicará a los trabajadores el Acuerdo de Subrogación. Se abrirá período para aceptación o no de dichos acuerdos por parte de los trabajadores.
- La semana del 10 de mayo se iniciarán los trámites administrativos para dar de alta de forma efectiva en Transports de Barcelona, S.A. a los trabajadores afectados por la subrogación.
Como puede observarse, se trata de algo establecido y obligado por la ley, que la empresa debe hacer. Lo que se aprobó en el comité de empresa fue esa hoja de ruta presentada por la empresa (nada más). Ningún delegado (ni siquiera de UGT) votó en contra. Y tampoco se sometió a votación la cuestión sobre la antigüedad en los servicios ni en las vacaciones. Se trata de una hoja de ruta aproximada, en la que las consultas y el acuerdo definitivo quedan pendientes. Cuando algún sindicato publica algo como lo que hizo UGT, ha de saber leer (el documento que se votó) y ante todo no querer engañar a los trabajadores. Desde ACTUB publicamos nuestra postura a este respecto antes que nadie; y lo hicimos escuchando lo que la mayoría nos decía en las cocheras (nosotros no iniciamos ningún debate “peregrino”). Nosotros nos informamos a través de un abogado especializado en subrogaciones y la decisión sobre cómo han de incorporarse los trabajadores subrogados pertenece a nuestra empresa. La ley obliga a que los representantes de los trabajadores de nuestra empresa sean informados y consultados. Esta consulta no es vinculante, pero sí determinante para que en una hipotética demanda se hiciera valer como decisiva. También es cierto que, gracias a las demandas que se han ido interponiendo a lo largo de los años, por parte de sindicatos de clase (entre ellos UGT), podemos afirmar que existe muchísima más jurisprudencia favorable a que los trabajadores subrogados entren con todos los derechos (no sólo los pecuniarios). Dicho esto, Desde ACTUB mantenemos que la cuestión sobre la antigüedad en los servicios y en las vacaciones no es “derecho necesario” y se puede consultar al comité de empresa. Nosotros estamos a favor de todo aquello que la ley les ampare, pero no podemos apoyar una moción en la que conserven la antigüedad a efectos de servicio y vacaciones, ya que nos encontramos que esto choca con los derechos de otros compañeros que ya están en T.B.. Tampoco podemos ir contra de lo que nuestro comité de empresa decida por mayoría, ya que cualquier decisión adoptada cobraría plena legalidad. Dicho esto, parece que queda bien claro que quien únicamente juega al despiste y no cuenta la verdad es UGT. Nosotros desde ACTUB respetamos y entendemos todas las posturas y argumentos de los demás sindicatos, pero no entendemos ni respetamos que alguno falte a la verdad. La generosidad y la solidaridad no entran en este “juego”, ya que, a los que no nos afecte porque tenemos una antigüedad suficiente, no le damos la importancia que le dan los compañeros con menos antigüedad. No se trata de derechos de unos trabajadores frente a la empresa, sino de derechos entre trabajadores y, por lo tanto, nosotros no podemos estar a favor de una postura sin ningún tipo de negociación en algo que la ley permite negociar y pactar, en cualquier caso. También sabemos que desde ACTUB no tenemos votos suficientes para inclinar la balanza hacia un lado u otro, pero sí conservamos nuestra independencia a la hora de expresar nuestra opinión sobre cualquier tema.
Comisión Paritaria 21 abril 2021
- Conductores maniobras.- “La totalidad de R.T. manifiesta que todos los conductores maniobras quedarán exentos de la conducción en línea y solicitan que la misma no figure en la descripción del puesto de trabajo”. En breve plazo habrá nueva reunión para valorar el puesto de trabajo de maniobras.
- Masa salarial y tablas salariales 2020.- Todo ello necesario para poder aplicar el 0,9% de incremento para el 2021, queda pendiente de valoración por parte de la R.T. para su aprobación.
- Permisos no retribuidos.- La Dirección plantea la necesidad de establecer una regulación para la concesión de los permisos no retribuidos. Su propuesta ni se ha valorado, ya que la mayoría considera que su redacción vigente está muy clara. En todo caso, la R.T. considera que es una cuestión que deberá tratarse en la negociación del próximo convenio colectivo 2022-202x.
Lo que proponía la Dirección:
*Establecimiento genérico de plazo de preaviso de 7 días salvo casos graves no previsibles, como por enfermedad o fallecimiento.
*Para su disfrute, el permiso debe ser autorizado por la Dirección del Centro de Trabajo.
*La solicitud se tramitará mediante entrega de parte específico donde constará la feche de entrega y recepción del documento.
Lo que tenemos actualmente:
Los trabajadores tienen derecho a veinte días anuales de permiso sin retribución, para asuntos propios. No podrá́ hacerse uso de este derecho si directa o indirectamente constituye una ampliación o continuación del periodo de vacaciones.
Respecto al plazo de preaviso, excluyendo determinados casos, podemos entenderlo si es en aras de seguridad para ambas partes. Pero lo de la autorización no cabe en ninguna negociación que nosotros podamos aceptar ni ahora ni en el futuro.
- Permiso por nacimiento hijos.- La R.T. manifiesta que el convenio colectivo vigente regula el permiso por paternidad y ha de continuar. En 2019 hubo una comisión paritaria en la que al parecer se firmó algo que la Dirección interpreta de manera distinta a la R.T.(sólo vigente hasta el 2021 en que, según dice, ya se equiparan los permisos de paternidad y maternidad).
- Parejas de hecho.- Exponemos desde ACTUB la problemática en la que se encuentran los compañeros/as que solicitan la licencia de 17 días por matrimonio. La notificación del Departament de Justícia puede tardar dos meses y cuando llega, el registro ha sido anterior, con lo que el día del hecho causante no puede estar dentro del permiso. La Dirección traerá en la próxima reunión una propuesta para aprobarse, que seguramente consistirá en que el permiso podrá solicitarse dentro de las 72 horas posteriores a la notificación.
- Cómputo en fin de semana.- A solicitud de la R.T., la Dirección emplaza a los centros para que realicen seguimiento de esta información y para que valoren la posibilidad de automatizar los saldos y cálculos en este sentido.
Información sobre las incorporaciones de la bolsa
La Dirección nos informa que a finales de junio se incorporarán 90 conductores/as (aproximadamente) de la bolsa. En el mes de julio volverá a entrar otro grupo y, por último, en agosto. Con esto se prevé que la bolsa se vacíe y se tenga que hacer nueva convocatoria externa después del verano. Es una vergüenza que todos los conductores que quieran entrar en T.B. tengan que pasar este calvario de contratos precarios. Muchos de los que están esperando, ya no pueden soportar más esta situación de incertidumbre y se plantean “tirar la toalla”, no es para menos. Esto nos recuerda a la situación en la que se encontraban otras empresas hace años, y por ello decidían venir a T.B. muchos de sus trabajadores. Creemos que si esta dinámica no cambia, muchos de los conductores/as que hayan accedido a la bolsa, renunciarán a dejar sus trabajos que hayan conseguido, pues lo que les espera aquí no es nada prometedor.
CAMPAÑA DECLARACIÓN DE RENTA 2020
Recordamos a todos los afiliados, que La campaña de renta 2020, se prolongará hasta el próximo 30 de junio de 2021, fecha límite para presentar la declaración (se recogerá documentación hasta el día 20 de junio). Se puede entregar la documentación a cualquier delegado o enviarla escaneada, al siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.