ACTUB, EN APOYO A RAMIRO Y LA LIBERTAD SINDICAL
Desde la sección sindical de ACTUB, queremos mostrar nuestro apoyo al compañero Ramiro, y a los demás compañeros despedidos por esta dirección en los últimos meses.
TB siempre se había caracterizado por ser una empresa que una vez dentro, era prácticamente seguro acabar tu etapa laboral en ella, siendo comprensiva y dando siempre una segunda oportunidad. Ahora ya no te da esa confianza de antaño, al entrar pueden pasar varios años para acceder a una plaza con continuidad, puedes incluso quedarte fuera, después de haber cambiado un trabajo con un contrato indefinido por trabajar en TB.
Además, últimamente se está aplicando de una forma desproporcionada el régimen disciplinario, con despidos y sanciones, sobre todo en el colectivo de conducción.
Mostramos nuestra desaprobación ante esta forma de proceder, que no otorga segundas oportunidades a compañeros con problemas, o que se han podido equivocar. Creemos que debe de haber un paso previo al despido en la mayoría de casos, y otorgar una segunda oportunidad.
Entendemos la correlación sindicato combativo y la consecuencia en forma de represalia a la libertad sindical de los mismos. Sólo cabe añadir en esa línea, que no siempre es la dirección empresarial quien atenta contra dicha libertad sindical, pues hoy, a ciertos sindicatos, uno por no firmar convenio y a otro por ni siquiera tener esa posibilidad, se nos aparta de paritaria, incluso cuando los temas a tratar no son del convenio en vigor y se aprovecha para negociar temas nuevos.
Animamos pues al resto de compañeros representantes de los trabajadores, a seguir la senda de ACTUB y de otros perjudicados en su libertad sindical, a apoyar y defender a los compañeros que desproporcionadamente han sido tratados desde TMB y por ende, en la defensa sin condición en contra de la privación de libertad sindical.
COMISION DE EXPLOTACION 22/02/2023
Tandas de vacaciones
TANDAS DE VACACIONES CONDUCTOR/AS DE LINEA 2023/2024 |
|||
TANDA |
TANDAS DE VERANO |
DIAS |
% |
T-1 |
DEL 23 DE JUNIO AL 16 DE JULIO 2023 |
24 |
14% |
T-2 |
DEL 3 DE JULIO DE AL 30 DE JULIO DE 2023 |
28 |
11% |
T-3 |
DEL 17 DE JULIO AL 10 DE AGOSTO DE 2023 |
25 |
13% |
T-4 |
DEL 24 DE JULIO AL 20 DE AGOSTO DE 2023 |
28 |
5% |
T-5 |
DEL 31 DE JULIO AL 27 DE AGOSTO DE 2023 |
28 |
16% |
T-6 |
DEL 11 DE AGOSTO AL 3 SEPTIEMBRE DE 2023 |
24 |
11% |
T-7 |
DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2023 AL 7 DE ENERO DE 2024 DEL 23 DE MARZO AL 1 ABRIL DE 2024 |
27 |
10% |
FUERA DE TANDA |
|||
T-8 |
DEL 4 DE SEPTIEMBRE AL 1 DE OCTUBRE DE 2023 |
28 |
3% |
T-9 |
DEL 2 DE OCTUBRE AL 31 OCTUBRE DE 2023 |
30 |
3,5% |
T-10 |
DEL 1 DE NOVIEMBRE AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2023 |
30 |
3,5% |
T-11 |
DEL 1 DE FEBRERO AL 29 DE FEBRERO DE 2024 |
29 |
3,5% |
T-12 |
DEL 2 DE ABRIL AL 30 DE ABRIL DE 2024 |
29 |
3,5% |
T-13 |
DEL 1 DE MAYO AL 30 DE MAYO DE 2024 |
30 |
3% |
TANDAS DE VACACIONES CONDUCTOR/AS BUS TURISTIC 2023/2024 |
|||
TANDA |
FUERA DE TANDA |
DIAS |
% |
T-1 |
DEL 26 DE SEPTIEMBRE AL 25 DE OCTUBRE 2023 |
30 |
7% |
T-2 |
DEL 26 DE OCTUBRE AL 24 DE NOVIEMBRE DE 2023 |
30 |
11% |
T-3 |
DEL 2 DE NOVIEMBRE AL 1 DE DICIEMBRE DE 2023 |
30 |
15% |
T-4 |
DEL 8 DE ENERO AL 6 DE FEBRERO DE 2024 |
30 |
20% |
T-5 |
DEL 22 DE ENERO AL 20 DE FEBRERO DE 2024 |
30 |
14% |
T-6 |
DEL 7 DE FEBREO AL 7 DE MARZO DE 2024 |
30 |
12% |
T-7 |
DEL 21 DE FEBRERO AL 21 DE MARZO DE 2024 |
30 |
10% |
T-8 |
DEL 8 DE ABRIL AL 7 DE MAYO DE 2024 |
30 |
5% |
T-9 |
DEL 2 DE MAYO AL 31 DE MAYO DE 2024 |
30 |
6% |
TANDAS DE VACACIONES CONDUCTOR/AS FIN DE SEMANA 2023/2024 |
|||
TANDA |
TANDAS DE VERANO |
DIAS |
% |
T-1 |
DEL 19 DE JUNIO AL 16 DE JULIO 2023 |
28 |
30% |
T-2 |
DEL 17 DE JULIO AL 13 DE AGOSTO DE 2023 |
28 |
20% |
T-3 |
DEL 14 DE AGOSTO AL 9 SEPTIEMBRE DE 2023 |
27 |
20% |
FUERA DE TANDA |
|||
T-4 |
DEL 18 DE DICIEMBRE DE 2023 AL 12 DE ENERO DE 2024 |
28 |
5% |
T-5 |
DEL 11 DE MARZO AL 5 DE ABRIL DE 2024 |
30 |
5% |
T-6 |
DEL 1 DE OCTUBRE AL 27 DE OCTUBRE DE 2023 |
30 |
4% |
T-7 |
DEL 2 DE NOVIEMBRE AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2023 |
29 |
4% |
T-8 |
DEL 1 DE FEBRERO AL 29 DE FEBRERO DE 2024 |
29 |
4% |
T-9 |
DEL 2 DE ABRIL AL 30 DE ABRIL DE 2024 |
30 |
4% |
T-10 |
DEL 2 DE MAYO AL 31 DE MAYO DE 2024 |
30 |
4% |
CALENDARIO ESCOGIDA |
FECHAS |
|
Publicación del calendario y papeletas |
10 de marzo de 2023 |
|
Periodo de escogida |
10/03/2023 |
20/03/2023 |
Publicación del resultado provisional |
24 de marzo de 2023 |
|
Periodo de reclamación |
24/03/2023 |
27/03/2023 |
Publicación del resultado definitivo |
30 de marzo de 2023 |
Este año se ha conseguido una nueva tanda para el conductor de línea a tiempo completo, será remunerada como “fuera de tanda,” se podrá disfrutar del 4 de septiembre al 1 de octubre (la tanda 8). Además, se ha acordado que, para este mismo colectivo, los que disfruten la tanda 3, tendrán derecho del disfrute de uno de los días de sus vacaciones restantes a gastar en fin de semana, puesto que la tanda 3 solo tiene tres fines de semana en los 25 días de disfrute, (mientras que todas las demás tienen 4 fines de semana).
Hemos mostrado nuestro desacuerdo en los porcentajes de vacaciones de los compañeros del Bus turístic, Hemos explicado que prácticamente el 70% de estos compañeros están obligados a hacer sus vacaciones en los meses de enero, febrero y noviembre, nosotros pensamos que deberían de poder disfrutar sus vacaciones en un porcentaje proporcional de todas las tandas (fuera de tanda). A lo largo del tiempo se les ha ido limitando su disfrute a esos tres meses, cuando en un principio no era así.
VARIOS:
Asignación de actividades
Se solicita que los mandos puedan visualizar al menos 4 meses para facilitar la asignación de descansos, vacaciones, cómputos de los conductores.
Retirada del complemento de IT
Este punto lo trasladan a tratar en paritaria (recordamos que no podemos asistir a estas reuniones por no haber firmado el anterior convenio).
No obstante, nosotros hemos querido mostrar nuestra indignacion ante las presiones que vienen sufriendo nuestros trabajadores/as enfermos por parte de esta empresa, amenazando sin consideración a trabajadores que no merecen un trato así.
Franjas de asignación de servicios en el bus turístic.
Hemos mostrado el malestar de los conductores/as del Bus Turístic, debido a los cambios que vienen sufriendo en la asignación de servicios, cambios que progresivamente han ido empeorando sus condiciones laborales.
En un inicio, los conductores del turístic, casi no tenían servicios partidos ni unas franjas horarias tan amplias, “no puede ser que un servicio matinal comience a las 12:59h” (como están aplicando), todo debido a que se han cargado la franja de servicios medios y han partido la gran mayoría de ellos, les hacen rellenar una hoja de preferencias, muy limitada que no da opciones a que se respete la franja horaria de la que el trabajador/ra debería poder disponer. Hemos instado a la dirección a que dé solución a sus reivindicaciones, sin duda hay que revisar sus condiciones, creemos que no se cumple con la normativa actual, sus horarios laborales han empeorado y no se han mejorado las condiciones económicas en comparación con las del resto de conductores de línea.
Cambios de horarios en diversas líneas el día 20/02/2023
Otra vez vuelve a pasar y volvemos a reflejar el malestar del personal de conducción. Se cambian horarios el pasado lunes 21/02/2023 (los colegios hacen fiesta) y muchos conductores/as, no se dan cuenta del cambio hasta que no les llega el servicio, por lo que les és imposible solicitar el cambio de servicio cuando se les mueve más de 30 minutos (como marca la normativa).
Solicitamos que los cambios horarios se notifiquen con mucha más antelación, (al menos diez días) y que se comunique a los afectados. Que pongan un cartel bien grande y visible como hacen con los datos del absentismo. No vale únicamente un aviso en intranet y dejar un libro con los horarios en un rincón…
Ayuda escolar compartida al 50% en padres separados
Se recuerda , que en caso de parejas separadas en las que ambos progenitores trabajen en TB, se deben de cobrar las primas o ayudas que paga la empresa por el/la menor, al 50% siempre que lo solicite el afectado.
Actub quiere que conste en acta que estamos en contra del traslado de Poniente a Zona Franca los fines de semana.
Se habla mucho sobre las condiciones que se están pactando para compensar este agravio, pero no consta en ningún sitio que estamos totalmente en contra de esta decisión unilateral tomada por parte de la dirección de TB.
Es una decisión innecesaria ya que el cierre total de Poniente se podría alargar legalmente hasta finales del 2024 (según nos comunicó la misma dirección). Sin embargo, está previsto el cierre para que entre en vigor el fin de semana del 4 y 5 de marzo. Falta todavía negociar las condicione de este “traslado”. Lo hará la mayoría sindical en comisión paritaria (sin contar con la opinión de ACTUB y ACAT, por no haber firmado convenio).
Equilibrado
Se acuerda, por unanimidad, que las 34 personas que pasan de fin de semana a completa, puedan optar cambiar de centro en el próximo equilibrado de plantilla.
Se propone por parte de Comisiones Obreras, que en el próximo equilibrado de plantilla, puedan optar al cambio de cochera todos los conductores/as. ACTUB apoya la petición por el cierre de la cochera de Poniente los fines de semana y así dar opción a los trabajadores/as de los centros afectados y que no se les moleste ni mueva de un centro a otro en fines de semana.
Finalmente, no se acepta la propuesta al no ser consensuada por la mayoría de la RT.
AL VOLANTE FEBRERO 2023
Primer Equilibrado 2023 |
FECHAS |
Publicación aviso |
20/02/2023 |
Recepción de peticiones |
20/02/2023 al 26/02/2023 |
Publicación lista de cambios |
03/03/2023 |
Reclamaciones |
06/03/2023 y 07/03/2023 |
Publicación lista de cambios definitiva |
10/03/2023 |
Entrada en vigor |
27/03/2023 |
1ª Escogida de vacantes 2023 |
FECHAS |
Publicación escogida de servicios vacantes |
13/03/2023 |
Periodo escogida de servicios vacantes |
13/03/2023 al 17/03/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios vacantes |
21/03/2023 |
Publicación escogida servicios para suplentes (de lunes a viernes) |
22/03/2023 |
Período escogida de servicios para suplentes |
22/03/2023 al 28/03/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios para suplentes |
31/03/2023 |
Entrada en vigor |
11/04/2023 |
Segundo Equilibrado 2023 |
FECHAS |
Publicación aviso |
04/09/2023 |
Recepción de peticiones |
04/09/2023 al 11/09/2023 |
Publicación lista de cambios |
19/09/2023 |
Reclamaciones |
20/09/2023 y 21/09/2023 |
Publicación lista de cambios definitiva |
27/09/2023 |
Entrada en vigor |
16/10/2023 |
2ª Escogida de vacantes 2023 |
FECHAS |
Publicación escogida de servicios vacantes |
04/09/2023 |
Periodo escogida de servicios vacantes |
04/09/2023 al 08/09/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios vacantes |
13/09/2023 |
Publicación escogida servicios para suplentes (de lunes a viernes) |
14/09/2023 |
Período escogida de servicios para suplentes |
14/09/2023 al 20/09/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios para suplentes |
22/09/2023 |
Entrada en vigor |
26/09/2023 |
3ª Escogida de vacantes 2023 |
FECHAS |
Publicación escogida servicios vacantes |
20/11/2023 |
Periodo escogida servicios vacantes |
20/11/2023 al 24/11/2023 |
Publicación resultado escogida servicios vacantes |
28/11/2023 |
publicacion escogida servicios para suplentes ( de lunes a viernes) |
29/11/2023 al 05/12/2023 |
Periodo escogida servicios de servicios para suplentes |
12/12/2023 |
Entrada en vigor |
08/01/2024 |
Demanda del CPT
Como muchos ya sabréis, ACTUB está llevando adelante una demanda para reclamar las cantidades adeudadas desde el 2003 hasta el 2019. Se le solicitó a la empresa que nos facilitase esas cantidades exactas para cada uno de los demandantes. Recientemente hemos tenido respuesta de los diferentes juzgados en los que se han repartido las distintas diligencias preliminares con el fin de obtener lo que se solicitó en su día. Pues bien, por el momento prácticamente todos los juzgados (excepto uno, que se ha recurrido), han coincidido en que la empresa nos ha de facilitar las cantidades que corresponden a cada uno de los demandantes, para así poder proseguir con la interposición de la demanda de reclamación de cantidad. No se trata de un proceso laboral en el que únicamente puedes reclamar un año de retroactividad, sino de un proceso civil en el que se reclama toda la cantidad adeudada desde el principio. Algunos se preguntarán si con lo firmado en el convenio se salda este asunto. Pues no, porque las deudas se pagan y en ningún caso se condicionan al cumplimiento de determinados requisitos.
Lo que se ha firmado, que por cierto nosotros también hemos luchado como el que más para conseguirlo, no salda ninguna deuda, sino que va ligado a la jubilación parcial, además de someter a una serie de condicionantes ligados al cumplimiento de “productividad” (absentismo, en este caso). Quien elige cómo se pagan las deudas no es el deudor sino el perjudicado; y las deudas se pagan, salvo que se pacte de otra forma, de la misma manera que se debieron cobrar en su día: en dinero y sin condiciones. La empresa, durante la negociación del convenio nunca ha querido reconocer expresamente la deuda, y por lo tanto no la ha saldado ni de lejos. Muchos compañeros/as se quedaron fuera de esta “limosna” ofrecida por la empresa, como por ejemplo los jubilados parciales antes de 2022 (entre otros).
Como ya nos dijo la empresa en alguna ocasión: sólo se pagará la deuda íntegra, si la justicia obliga. Precisamente es lo que perseguimos desde ACTUB.
Orden de asignación de servicios
Como ya se modificó en su día, los/as conductores/as que tengan servicio fijo, cuando se queden sin servicio por el motivo que sea (no tener servicio en finde semana, supresión servicios en cualquier fecha, etc…), serán los primeros en el orden de asignación del cuadro de vacantes diario. En este sentido, y dada la no compensación por las escogidas de línea producidas con posterioridad a la escogida general, se hace necesario regular qué ocurre con los fijos que en una escogida de línea en la que no les llega nada parecido a lo que escogieron para dos años(supuestamente), se ven obligados a quedarse suplentes para no verse perjudicados. Actualmente estos compañeros/as tienen un doble perjuicio: por un lado, se quedan suplentes perdiendo su servicio fijo que escogieron para do años; y por otro, pasan a la cola en el orden de asignación de servicios. Desde ACTUB, creemos que todos estos compañeros/as deberían quedar en la misma situación que los fijos sin servicio y, por tanto, ser también los primeros en el orden de asignación del cuadro de servicios diarios, por haberles sobrevenido esta situación de forma obligada y únicamente siendo compensados durante 12 semanas. Hay que recordar que la escogida general es para dos años y no existe compensación de ningún tipo más allá de las doce semanas, puesto que finalmente no entró en el actual convenio nuestro punto de plataforma de una mayor compensación por escogidas forzadas de líneas, en las cuales, muchos compañeros/as se han de quedar suplentes.
Test de alcohol y drogas
La Dirección se ha empeñado en implantar en nuestra empresa algo que todavía no está regulado y que la ley 18/2021, de 20 de diciembre (Tráfico), en su disposición adicional tercera bis prevé que en un plazo de 24 meses desde la entrada en vigor (2022), “regulará los procedimientos para la realización de controles iniciales, periódicos o aleatorios, durante el ejercicio de la actividad profesional, de alcohol, drogas de abuso y sustancias psicoactivas y medicamentos, al personal que ostente el puesto de conductor de vehículo de transporte de viajeros y mercancías por carretera. En cualquier caso, deberá garantizar el tratamiento de las muestras y de los resultados de los controles realizados, y regular la actuación en el supuesto de pruebas con resultado positivo.” Dicho esto, y estando claro el procedimiento para la implantación de estos controles, no entendemos por qué la Dirección se ha empeñado en el adelanto de estas medidas de control, basándose únicamente en el artículo 22 de la ley de prevención de riesgos laborales, que prevé otros requisitos y condiciones diferentes a los argumentados por la propia dirección de la empresa.
Este artículo expresa literalmente que “Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador.” Pues bien, la simple aplicación del régimen disciplinario ya sería contraria a este artículo.
“El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador.” Sobre esto, únicamente se exceptúa la información sobre la aptitud o no del trabajador; sin especificar el motivo. Es decir, otra contradicción (“No obstante lo anterior, el empresario y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo…”). Y por descontado, lo que menos entendemos es referente a la obligación que establece la ley sobre reconocimientos médicos obligatorios, que en el caso de conductores/as, además del reconocimiento inicial, sería con una periodicidad de 3 años para los menores de 50 años y cada año para los mayores de 50 años. Pues bien, actualmente la empresa no está cumpliendo con este mínimo que marca la ley por falta de medios personales y materiales (aquí no sirve la excusa de la pandemia, porque ya ocurría antes). En cambio, se quiere llevar a cabo un tipo de controles que la ley no obliga y necesita una inversión que quizá sea la que falta para que se cumpla lo que sí exige la ley: que los reconocimientos médicos obligatorios y periódicos, se realicen cuando toca. Eso sí que sería velar por la salud de los trabajadores/as. Todos sabemos que se trata de una estrategia electoral y populista, ya que el porcentaje de problemas en este tema (drogas y alcohol) es mínimo, comparado con los demás problemas de salud que están ocasionando una verdadera lacra en los índices de absentismo: lesiones óseo-musculares derivadas del día a día de nuestra profesión.
Desde ACTUB hemos encargado un dictamen jurídico sobre este asunto, para tener aún más claro cómo se debería hacer un protocolo de este tipo, por supuesto cuando la ley lo regule. Este dictamen, creemos que es lo primero que debería haber solicitado la Dirección para asegurarse de la adecuación a la legalidad de toda la regulación al respecto, ya que no todos los juristas dedican su especialización a los aspectos regulados en dicho protocolo. Este tipo de controles se deberían consensuar con los representantes de los trabajadores y en ningún caso ser utilizados bajo el amparo del régimen disciplinario, como pretende la Dirección.
Malestar en el colectivo del bus turístic
Desde ya hace bastante tiempo, la Dirección quiere marginar a un colectivo de conductores/as y los sindicatos también debemos mirarnos al “ombligo”, pues pese a sus insistentes peticiones (incluso llegaron en una ocasión a traer un documento al comité de empresa), en las negociaciones de convenio, comisiones de explotación, etc.., no se ha sabido dar la solución que merecían. Precisamente por ese motivo, parece que la Dirección quiere apretarles todavía más. Son muchos aspectos a los que nos referimos:
-El hecho que les hagan escoger franjas desproporcionadas con la hora de comienzo del servicio matinal entre las 8:00h y las 12:59h (ahora ya, ni eso porque sólo se escoge mañana y tarde). No es posible que un servicio matinal pueda comenzar a las 12:00, pues ni siquiera los medios comienzan a esa hora.
-Otro de los puntosa a mejorar sería el de los servicios partidos: actualmente, quitando los servicios por conciliación, prácticamente los demás son partidos, y además, cada vez más largos (2 horas o más). Además, en muchas ocasiones para llegar a la 2ª parte se ha de invertir una hora, ya que se montan muchos servicios interlineas.
-Las vacaciones sería otro punto a mejorar ya que, aunque son conscientes de las especificidades del colectivo, tampoco parece muy normal que casi el 90% de las tandas sean en los meses de enero, febrero y noviembre.
Para resumir, no se trata de simples quejas, sino de unas reivindicaciones más que justas para que no resulte un colectivo marginado. La prima que cobra mensualmente este colectivo no paga todas las penalizaciones que a la Dirección se le ocurra, ya que, por ejemplo, se trata del colectivo al que trabajar los fines de semana le resulta más barato a la empresa. El colectivo adscrito al bus turístic ya de por sí tiene muchas variables (discontinuidad, vacaciones fuera de tanda, menos fines de semana, etc..) que lo hacen especialmente penoso, y es por ello que no se entiende la poca empatía en otros aspectos que podrían evitarse.
Escogida excepcional de vacantes febrero 2023 para suplentes de lunes a viernes
Segun se acordó en la comision de explotación:
Escogida de vacantes :
RD propone realizar una prueba piloto con escogidas intermedias de servicio de lunes a viernes durante el primer semestre del 2023. A la finalización de la misma se valorará la conveniencia de mantenerla. (Unicamente para suplentes)
Nada tiene que ver con la primera escogida de vacantes, que ahí si podrán escoger todo el personal de conducción fijo.
1ª Escogida de vacantes 2023 |
Fechas |
Publicación escogida de servicios vacantes |
13/03/2023 |
Periodo escogida de servicios vacantes |
13/03/2023 al 17/03/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios vacantes |
21/03/2023 |
Publicación escogida servicios para suplentes (de lunes a viernes) |
22/03/2023 |
Período escogida de servicios para suplentes |
22/03/2023 al 28/03/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios para suplentes |
31/03/2023 |
Entrada en vigor |
11/04/2023 |
EXPLOTACION 20 DE ENERO 2023
Siendo las diez horas del día 20 de enero de 2023, se reúnen las personas al margen relacionado, perteneciente a la Comisión de Explotación, en los locales de Triangulo, para desarrollar el orden del día establecido con anterioridad.
1.-Patinetes eléctricos
RT se interesa por la aplicación de la nueva normativa que prohíbe el acceso al bus de los patinetes eléctricos y solicita informar al pasaje mediante adhesivos en el vehículo. RD informa que la prohibición entrará en vigor el 1 de febrero siendo de aplicación también a los empleados. En cuanto a los medios utilizados para informar, RD realizará averiguaciones.
En caso de existir algún conflicto en el servicio por la aplicación de esta normativa el personal de conducción deberá solicitar instrucciones al centro de control.
2.- Lanzadera Zona Franca en festivos
RT manifiesta que no se cumple con el horario publicado de la lanzadera los domingos en Zona Franca. RD expone que se dará respuesta el próximo miércoles.
3.- Asignación de CON tras pago directo
RT expone que no se aplica correctamente lo pactado en cuanto a la asignación de CON en las reincorporaciones de pago directo. RD manifiesta que se aplica el mismo criterio de la última escogida, no obstante, revisaran el caso concreto expuesto.
4.- Contratación
RD informa que está pendiente determinar la continuidad de los 75 contratos que finalizan a principios de febrero Por otra parte, se está preparando lo necesario para la contratación en verano y se han creado a tiempo parcial 80 plazas fijas para cubrir las vacaciones del personal de conducción y 20 de operarios de Material Móvil. RT solicita que las vacantes se cubran a medida que se vayan produciendo.
RT expone que todavía queda pendiente dar solución al orden de prelación del personal que solicita el paro, RD manifiesta que se está trabajando en una solución a pesar de no ser sencillo al tratarse de un cambio de criterio que tendrá efectos.
5.- Escogida de vacantes y equilibrados
RD presenta el calendario de escogida de vacantes y equilibrados que se da por aprobado. RD propone realizar una prueba piloto con escogidas intermedias de servicio de lunes a viernes durante el primer semestre del 2023. A la finalización de la misma se valorará la conveniencia de mantenerla.
Se acuerda con la mayoría de la RT, que, de forma excepcional, en la primera escogida de vacantes pueda escoger todo el personal de conducción fijo.
Las partes acuerdan reanudar los trabajos de revisión de la normativa de escogida después de semana santa.
1ª Escogida de vacantes 2023 |
Fechas |
Publicación escogida de servicios vacantes |
13/03/2023 |
Periodo escogida de servicios vacantes |
13/03/2023 al 17/03/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios vacantes |
21/03/2023 |
Publicación escogida servicios para suplentes (de lunes a viernes) |
22/03/2023 |
Período escogida de servicios para suplentes |
22/03/2023 al 28/03/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios para suplentes |
31/03/2023 |
Entrada en vigor |
11/04/2023 |
2ª Escogida de vacantes 2023 |
Fechas |
Publicación escogida de servicios vacantes |
04/09/2023 |
Periodo escogida de servicios vacantes |
04/09/2023 al 08/09/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios vacantes |
13/09/2023 |
Publicación escogida servicios para suplentes (de lunes a viernes) |
14/09/2023 |
Período escogida de servicios para suplentes |
14/09/2023 al 20/09/2023 |
Publicación resultado escogida de servicios para suplentes |
22/09/2023 |
Entrada en vigor |
26/09/2023 |
3ª Escogida de vacantes |
Fechas |
Publicación escogida servicios vacantes |
20/11/2023 |
Periodo escogida servicios vacantes |
20/11/2023 al 24/11/2023 |
Publicación resultado escogida servicios vacantes |
28/11/2023 |
publicacion escogida servicios para suplentes ( de lunes a viernes) |
29/11/2023 al 05/12/2023 |
Periodo escogida servicios de servicios para suplentes |
12/12/2023 |
Entrada en vigor |
08/01/2024 |
Primer Equilibrado 2023 |
Fechas |
Publicación aviso |
20/02/2023 |
Recepción de peticiones |
20/02/2023 al 26/02/2023 |
Publicación lista de cambios |
03/03/2023 |
Reclamaciones |
06/03/2023 y 07/03/2023 |
Publicación lista de cambios definitiva |
10/03/2023 |
Entrada en vigor |
27/03/2023 |
Segundo Equilibrado 2023 |
Fechas |
Publicación aviso |
04/09/2023 |
Recepción de peticiones |
04/09/2023 al 11/09/2023 |
Publicación lista de cambios |
19/09/2023 |
Reclamaciones |
20/09/2023 y 21/09/2023 |
Publicación lista de cambios definitiva |
27/09/2023 |
Entrada en vigor |
16/10/2023 |
Varios
Publicación cuadro de servicios
RT expone que en la publicación del servicio no se informa de los cambios de horario con la suficiente antelación, RD manifiesta que se trata de errores puntuales e informa que existe un informe del delegado de protección de datos que limita al propio empleado la información a visibilizar
Asignación de servicios de maniobras
RT manifiesta que continúa sin asignarse correctamente los servicios de maniobras por antigüedad. RD expone que se aplica bien tras consultar con los diversos CON. RT se compromete a facilitar los casos concretos.
Información PPS
RT manifiesta que sigue sin visualizarse la información en PPS los cuatro meses que se acordó en la anterior reunión.
Reuniones de línea
RT solicita cambiar el nombre de las reuniones de línea al tratarse en ellas temas que no están relacionados con la línea, asimismo, solicita que se facilite en ellas formación acerca de los vehículos.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la reunión.